Cuando el derecho de las mujeres a tomar decisiones autónomas con respecto a la interrupción legal del embarazo está restringido queda amenazada una amplia gama de derechos humanos.
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sábado, 25 de abril de 2009
Buscan mujeres amparo en contra de la CEDH
Las damas acudieron ayer a las instalaciones de los juzgados de Distrito para iniciar el trámite
POR SEBASTIÁN MORENO
smoreno@elimparcial.com Porque el presidente de la Comisión Estatal de los Derechos Humanos (CEDH) no ha respondido a la petición que le hacen integrantes del grupo denominado Observatorio Feminista, las afectadas tramitaron un amparo ante la justicia federal.
Silvia Núñez Esquer e Ismene Figueroa López, así como Gabriela Enríquez Quintana y Margarita Bejarano Celaya, acudieron ayer a las instalaciones de los juzgados de Distrito para iniciar el trámite del amparo.
Núñez Esquer explicó que en repetidas ocasiones le han pedido formalmente al presidente de la CEDH Jorge Sáenz Félix que interponga la acción de inconstitucionalidad en contra de la reforma al Artículo 1 de la Constitución Política del Estado de Sonora,
Dicha reforma fue aprobada el 21 de octubre pasado y publicada en el Boletín Oficial del Gobierno del Estado.
La nueva ordenanza brinda derechos al producto de la gestación equiparable a los de las personas, lo que impide la posibilidad de que una mujer determine legalmente practicarse un aborto.
“Sentimos que esto afecta la libertad de la mujer para tomar la decisión en caso de un aborto, de ninguna manera es una defensa del aborto, lo que peleamos es que la mujer tenga la libertad de decidir sobre su propia persona”, explicó Núñez Esquer.
En su calidad de mujeres afectadas en sus derechos sexuales y reproductivos, consideraron que es una aberración jurídica que anula los derechos fundamentales de la mujer en Sonora.
La inconformidad contra el presidente de la CEDH Jorge Sáenz Félix es porque es la instancia con facultades para interponer la acción de inconstitucionalidad contra leyes expedidas por el Congreso del Estado.
“Su respuesta ha sido que se reserva hasta que la Ley esté publicada y eso ya ocurrió el pasado 6 de abril y a esta fecha todavía no realiza acción alguna”, puntualizó Figueroa López.
En su respuesta a este caso, el presidente de la CEDH argumentó que la ley establece que dispone de 30 días naturales contados a partir del día siguiente de la fecha de publicación en el Boletín Oficial.
· Interponen amparo contra omisión de Jorge Sáenz Félix · Ciudadanas solicitan a ombudsman interponga acción de inconstitucionalidad · Reforma al artículo primero constitucional viola derechos de las mujeres
Hermosillo, Son., 24 abril 2009.- Ciudadanas por el derecho a decidir de las mujeres, interpusieron hoy un amparo en el Juzgado de Distrito del Poder Judicial de la Federación, ante la omisión del ombudsman sonorense, al no responder a su petición para que solicite una acción de inconstitucionalidad.
Las demandantes explicaron que el pasado 16 de abril solicitaron por escrito a Jorge Sáenz Félix, presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos CEDH, que interpusiera la Acción de Inconstitucionalidad, en relación a la reforma al Artículo Primero de la Constitución Política del Estado de Sonora, aprobada el 21 de octubre pasado y publicada en el Diario Oficial el 6 de abril de 2009.
Basadas en el Artículo 105 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su inciso G, fracción II, las ciudadanas exigen al funcionario que presente el recurso ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación SCJN, tal como lo hizo el Procurador de Derechos Humanos y Protección Ciudadana del Estado de Baja California, ante la reforma similar a la constitución de aquella entidad.
Explicaron que Sáenz Félix no ha respondido como debiera y se ha cumplido el término en que el ombudsman debe contestar a las solicitantes, e informar cuál será su postura ante la petición. El amparo interpuesto es para exigir la respuesta a la solicitud, ya que el Presidente de la CEDH, es el facultado para interponer la acción ante la SCJN, a nombre de las personas que se consideren afectadas por alguna ley o reglamento aprobado por el Congreso, en este caso las mujeres.
El pasado 21 de octubre la LVIII Legislatura aprobó sorpresivamente y a espaldas de la ciudadanía, la reforma constitucional al Artículo Primero que da derechos a la vida en gestación, equiparables a los de las personas.
A partir de la publicación el 6 de abril de 2009, el Estado de Sonora tutela el derecho a la vida desde el momento de la concepción, por lo que el embrión se reputa como nacido para todos los efectos correspondientes.
Las demandantes, mujeres afectadas en sus derechos sexuales y reproductivos, y víctimas de violación al artículo 4º constitucional, entre otros, consideran que la aberración jurídica que anula derechos fundamentales de las mujeres sonorenses, debe derogarse a través de la acción de inconstitucionalidad, ya que contradice todas las garantías que éstas tienen desde su nacimiento para el goce de la ciudadanía plena.
En Sonora aproximadamente 60 por ciento de las mujeres se encuentran en edad reproductiva, por lo que más de la mitad de las ciudadanas han sido afectadas con la reforma.
La ultraderecha impone posición absoluta sobre el aborto
Siete estados del país aprobaron leyes que ignoran derechos fundamentales de la población femenina, ante las cuales surgen ya procesos de inconstitucionalidad
Redacción NotieSe-Cimac
México DF, abril 20 de 2009.
El cambio en las constituciones de siete estados para dar personalidad jurídica al producto de la concepción y criminalizar el aborto y la publicación de una Norma Oficial que condiciona la interrupción del embarazo a menores de edad víctimas de violación, son resultado de la campaña nacional de la derecha para restringir los derechos de las mexicanas.
Es una estrategia planeada y es claro que detrás de la redacción de estas leyes aprobadas en Baja California, Colima, Durango, Jalisco, Morelos, Puebla y Sonora está un grupo reestructurado de abogados de la ultraderecha, no los clásicos Provida, afirma el abogado Pedro Morales Aché, fundador del Colegio de Bioética en México y litigante especializado en temas de salud y derechos humanos.
En todas las iniciativas y en las leyes ya aprobadas en ese sentido hay cierta afinidad argumentativa, y tienen que ver con la posición de los ministros conservadores de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, detalla el también abogado del Grupo de Información en Reproducción Elegida.
Las reformas en los siete estados, señala, más que proteger la vida desde la concepción, pretenden desconocer los derechos de las mujeres para que sean de segunda categoría y lo que está en juego es cómo el sistema jurídico mexicano caracteriza a ese sector.
En el mismo sentido corrió el proceso de aprobación y modificación de la NOM-046-SSA2-2005. Violencia familiar, sexual y contra las mujeres, cuya publicación en el Diario Oficial de la Federación, el pasado 16 de abril, es considerada “un éxito parcial para las mujeres”, en opinión de Rafaela Schiavon, directora de la Organización Internacional IPAS México.
La NOM-046 fue creada para garantizar la adecuada atención a víctimas de violencia sexual, con opciones de anticoncepción de emergencia, interrupción legal del embarazo (ILE), asesoría jurídica y atención psicológica.
El gobierno se comprometió a crearla, a través de un acuerdo de solución amistosa ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos, luego del caso Paulina, de 13 años, violada en 1999 y como consecuencia embarazada, a quien las autoridades panistas de Baja California negaron la interrupción del embarazo, como estaba previsto en el Código Penal de la entidad.
Luego de un periodo de cambios que dieron como resultado una norma que condiciona la interrupción legal del embarazo de las menores de edad, la NOM-046 se publicó ante los señalamientos de organizaciones civiles, las cuales explican que muchas adolescentes violadas tendrán que contar con la aprobación de sus padres o tutores para interrumpir un embarazo y en no pocas ocasiones el agresor es alguno de éstos. Además, si existen leyes que “defienden” la vida a partir de la fertilización, la anticoncepción de emergencia para víctimas de violación podría estar proscrita.
Conflicto ideológico
Las iniciativas del Partido Acción Nacional, apoyadas por legisladores del Revolucionario Institucional en la mayoría de los casos, modificaron las constituciones de siete estados privilegiando sólo la protección de la vida en gestación.
Sin embargo, señala Morales Aché en la revista Nexos (diciembre 2007), están también los derechos fundamentales de las mujeres. Y como en el ámbito legislativo es imposible alcanzar consensos básicos sobre el tema, se deben utilizar esquemas de democracia constitucional para dirimir el conflicto ideológico, como pasó en Alemania, España, Estados Unidos, Francia e Italia.
En esos países, a pesar de que es un tema también problemático, por las connotaciones ideológicas y “los posibles costos electorales que suelen atribuirse a una toma de posición ”, fue posible llegar a soluciones, considerando la importancia tanto de los derechos fundamentales de las mujeres como de la protección de la vida en gestación.
En esos países, dice Morales Aché, hubo consideración de la importancia tanto de los derechos fundamentales de las mujeres como de la protección de la vida en gestación. No puede prevalecer uno sobre otro, sería inconstitucional tanto la penalización absoluta como la despenalización absoluta.
Esos países resolvieron que en el caso de que exista un peligro para la vida o la salud de la mujer embarazada, no existe un límite temporal alguno para considerar constitucional el aborto sin ningún límite temporal (de gestación). En todos los demás casos se otorgó un papel relevante a la temporalidad de la gestación, de tal forma que existe un plazo, generalmente hasta la 12 semana del embarazo —como en el caso de la Ciudad de México— dentro del cual prevalecen los derechos constitucionales de las mujeres.
Pero existe otro plazo diverso, que usualmente corresponde al último trimestre del embarazo, dentro del cual se fortalece la protección del concebido y no nacido, restringiendo los derechos de las mujeres.
Esos países excluyen la posibilidad de que la mujer que accede a la interrupción legal sea calificada como delincuente, “y se ha rechazado la caracterización de la mujer como un instrumento cuyo destino es la reproducción”, señala el abogado.
No es ese el sentido de lo aprobado en siete entidades, donde se afirma la idea de que el aborto es un crimen, aunque se planteen excepciones, como en Durango y Sonora.
Por eso, dice Morales Aché a Cimacnoticias, la vía idónea para contrarrestar estas reformas es la inconstitucionalidad, como la promovida en Baja California por el ombudsman Francisco Sánchez Corona, en enero, pues se eliminaron causales para permitir la interrupción legal en casos de violación y malformación del producto.
El abogado concluye que la oleada de iniciativas es algo muy pensado y el tema va más allá de proteger la vida, lo que hace es no reconocer la autonomía de las mujeres.
SALUD
* Estatutos del PRI impiden legislar contra la ILE: María Hadad
-- Presidenta Comisión de Equidad del Congreso de Quintana Roo
De la redacción
México DF, 16 abril 09 (CIMAC).- La diputada
priista María Hadad Castillo, presidenta de la
Comisión de Equidad y Género de la XII
Legislatura del Congreso de Quintana Roo, explicó
en la sesión de hoy por la mañana su voto en
contra de la Reforma al Artículo 13 de la
Constitución, propuesta por su bancada, misma que
no fue aprobada en el pleno y se envió nuevamente a Comisiones:
"'Los derechos de las mujeres están por encima de
cualquier disposición gubernamental, costumbre,
tradición o creencia". Así, textual, lo dice el
punto 177 del Programa de Acción de mi partido,
el Revolucionario Institucional. Así lo expresé
cuando hice campaña y solicité el voto ciudadano.
Así lo he asumido en mi labor legislativa como
Presidenta de la Comisión de Equidad y Género de
esta Legislatura. Así ha sido mi discurso y hoy actúo en consecuencia.
"No me opongo a legislar sobre el derecho a la
vida. Como promotora y defensora de los derechos
humanos reconozco que es un derecho de primera
generación y que es una obligación del Estado
garantizarlo. Sin embargo, tal como fue
presentada la iniciativa y a pesar de la ligera
modificación que se realizó al momento de
dictaminarla no se garantiza el derecho a la vida
bajo una perspectiva de género.
"Debido a una redacción basada en una creencia
moral, sin sustento científico y sin claridad
jurídica, las mujeres quintanarroenses seremos
vulneradas en nuestros derechos fundamentales,
estaremos en una situación de indefensión a
merced de la interpretación de un juez que
decidirá si las excepciones contempladas en el
Artículo 97 del Código Penal son constitucionales o no.
"Establecer en nuestra ley suprema que el derecho
a la vida inicia al momento de la concepción es
un exceso, como ya fue manifestado por los
Ministros de la Suprema Corte de Justicia de la
Nación en la resolución que declaró
constitucional la despenalización de la
interrupción del embarazo en el Distrito Federal.
"Los derechos fundamentales deben ser ejercidos
sin ser sujetos a interpretaciones. Es muy claro
que son inherentes a las personas y que además
son irrevocables, inalienables, intransmisibles e
irrenunciables. Ni la ciencia ni la filosofía del
derecho y menos la jurisprudencia alcanzan para
atribuirle derechos a un óvulo fecundado.
"El cigoto no es un humano, no es una persona, al menos no en un Estado laico.
"Legislar que el derecho a la vida se adquiere
desde el momento de la fecundación no es avanzar
en la protección de la niñez. Si queremos
realmente proteger a nuestras niñas y niños
hagamos para ellos un mejor lugar para vivir. Un
lugar donde no sean víctimas de abuso sexual, de
la trata de menores y de otros tantos delitos que
atentan contra su derecho a la felicidad.
"Por todo esto, hoy hago uso de mi derecho a la
disidencia. Mis convicciones y valores políticos,
mi sentido de representación social, así como mi
compromiso con las mujeres quintanarroenses me
impiden votar en el mismo sentido que mi fracción parlamentaria.
"Aunque no es común en nuestra reciente historia
como estado, tampoco debe sorprendernos, es una
situación lógica en sociedades plurales y propia
del parlamentarismo y de la división de poderes
que caracterizan a toda democracia.
"En esta ocasión dejo a un lado la disciplina
partidaria y opto por un voto en sentido
contrario, pero sustentado en la ética de la
convicción. Como cualquier otra persona tengo mis
creencias y valores personales pero antepongo a
esta decisión el interés público, como todo representante popular debe hacer.
"Creo que la política para reconciliarse con la
ética y recuperar legitimidad ciudadana requiere
de convicciones y congruencia ideológica. Como
diputada priista, de ese PRI del siglo XXI
quees progresista y socialdemócrata ratifico
con este voto en contra mi compromiso de
construir una sociedad más equitativa".
09/MH/GG
jueves, 9 de abril de 2009
POR NUESTRO DERECHO A DECIDIR
NI UN PASO ATRÁS EN LA LUCHA POR LOS DERECHOS DE LAS MUJERES
Diversos Congresos estatales han promovido reformas constitucionales mediante los cuales se pretende dar marcha atrás a los avances en materia de los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres.
Hasta ahora, los estados que han realizado modificaciones constitucionales en este sentido son: Sonora, Baja California, Morelos, Jalisco, Colima y Puebla, quienes a partir del año 2008, con apoyo de legisladores principalmente pertenecientes a las fracciones del PRI y del PAN, han realizado estos cambios.
Resulta preocupante que, aunado a lo anterior, se han emprendido una serie de proyectos de iniciativas en el mismo sentido en otros tantos estados, a saber: Aguascalientes, Estado de México, Guanajuato, Querétaro, Oaxaca y Veracruz.
La sentencia emitida por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, SCJN, a favor de la despenalización del aborto en la Ciudad de México fue un hecho histórico en la historia constitucional de nuestro país dado que reconoce los derechos fundamentales de las mujeres, lo cual abre la posibilidad de que se realicen reformas a las leyes en las entidades para garantizar el acceso al aborto legal y seguro. Este fallo fue sumamente importante porque, pese a las fuerzas conservadoras y contrarias a derechos, la SCJN resolvió siguiendo los fundamentos constitucionales del Estado mexicano, laico y democrático.
Así, atendiendo a los derechos sexuales y reproductivos, el derecho a la salud, seguridad y, por ende, el derecho de elección de las mujeres: Exigimos a las y los miembros de los distintos Congresos Estatales que pretenden legislar sobre el tema de la definición constitucional del derecho a la vida, así como de salud sexual y reproductiva, garanticen en todo momento los derechos humanos de las mujeres y las recomendaciones e instrumentos internacionales de derechos humanos.
Asimismo, considerando que desde el 2006 el Congreso de la Unión le dio facultades a los Organismos Públicos de Derechos Humanos de los estados y a la Comisión Nacional de los Derechos Humanos para que pudieran interponer acciones de inconstitucionalidad en contra de leyes que afecten los derechos humanos: Instamos a los Ombudsman estatales de Sonora, Jalisco, Colima y Puebla presenten acciones de inconstitucionalidad para defender y salvaguardar los derechos humanos de las mujeres.
En este sentido, reconocemos la labor que ha emprendido el ombudsman del Estado de Baja California al interponer la acción de inconstitucionalidad 11/2009 ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por la reforma constitucional de su estado que confiere derechos al embrión.
ATENTAMENTE
Academia Mexicana de Derechos Humanos, A.C.
Cátedra UNESCO de Derechos Humanos de la UNAM
Salud Integral para la Mujer, A.C.
Fundar, Centro de Análisis e Investigación
Propuesta Cívica A.C.
Centro de Justicia para la Paz y el Desarrollo, A.C.
Red Democracia y Sexualidad Puebla
Unete a esta campaña enviando tu solicitud para que el ombusman interponga acción de inconstitucionalidad por la reforma al artículo Primero de la Constitución Política del Estado de Sonora
Lic. Jorge Sáenz Félix
Presidente de la Comisión Estatal de Derechos Humanos
Blvd. Luis Encinas y Periférico Poniente Tel/Fax: (662) 216.30.32 - 216.32.57 - 216.38.84
Lada sin costo: 01.800.62.72.800 Hermosillo, Sonora E-mail: cedhson@rtn.uson.mx