lunes, 25 de octubre de 2010

Una semana para reflexionar en torno a los derechos de las mujeres

Z. Margarita Bejarano Celaya[1]

En 1925, la nogalense Emélida Carrillo se dirigió al Congreso de Estado para solicitar que se concediera el derecho a votar a las mujeres sonorenses. En una carta enviada el 11 de marzo de 1925, Emélida preguntaba a la Cámara de Diputados del Estado de Sonora: “Que tienen más las mujeres de Tabasco y Yucatán que las mujeres de Sonora? Queremos el derecho de votar y ser votadas lo mismo que lo tienen los hombres de los 21 años en adelante.

¿Somos las mujeres tan indignas que se nos campare con los delincuentes, los ladrones, los animales? Que acaso no tenemos alma, inteligencia, para que se nos trate lo mismo que a los animales? O esperan ustedes acaso que demos un cuartelazo y nos levantemos en armas como parece ser la costumbre mexicana?” (sic).

La lucha que emprendieron las mexicanas desde el siglo XVII, vio resultados con el reconocimiento del derecho de las mujeres a votar y ser votadas en 1953. El pasado 17 de octubre celebramos 57 años de este acontecimiento y si sacamos cuentas no andamos muy bien en participación política femenina, pues aunque podemos emitir el sufragio muy poco se ejerce el derecho a ser votadas: sólo el 5.5 por ciento de las alcaldías en el estado es ocupado por representantes del sexo femenino y la participación de mujeres en el Congreso local apenas alcanza el 21 por ciento; por lo menos en los últimos tres sexenios sólo una mujer, Petra Santos, ha aspirado a ser gobernadora estatal.

Aunque los niveles de participación política femenina han ido lentamente aumentando en los últimos años gracias a la promoción de los derechos políticos y a la promulgación de leyes como la Ley de Fomento a la Igualdad entre mujeres y hombres del Estado de Sonora o las reformas constitucionales que establecen la paridad de género, la ansiada paridad y alternancia no ha llegado y no hay disposición para garantizarla.

Por otra parte, el 21 de octubre se cumplieron dos años de la reforma al artículo primero de la Constitución de Estado de Sonora y que establece que el estado tutela la vida desde el momento de la fecundación, hasta la muerte natural del individuo. Reputando así personalidad jurídica al óvulo fecundado y priorizando sus ‘derechos’ por sobre los de la mujer embarazada.

Con esta reforma, inconstitucional y violatoria de los derechos de las mujeres, sólo se permiten como causas no punibles de interrupción de embarazo: 1) el aborto culposo, es decir cuando sucede por culpa de la mujer gestante sin que haya planeado hacerlo (una caída, por ejemplo); 2) cuando el embarazo pone en riesgo la vida de la mujer, y 3) cuando el embarazo es producto de una violación sexual.

Pese a las manifestaciones ciudadanas de rechazo a la reforma, las instituciones encargadas de velar por el cumplimiento de los derechos humanos de las mujeres han mantenido oídos sordos y boca cerrada. Si bien es cierto la nueva redacción de la Constitución local la debemos a las y los diputados de la LVII legislatura, la actual no ha mostrado interés en contra reformar, el Ombudsman no ha llamado la atención sobre esa violación y las instancias municipales y estatales de promover el adelanto y respeto de los derechos femeninos, no se han manifestado al respecto.

La reforma deja pendiente también, la reglamentación de los procedimientos mediante los cuales las mujeres pueden ejercer su derecho al aborto, específicamente en caso de violación, hecho que limita su ejercicio en la práctica. Según cifras de la Procuraduría de Justicia del Estado de Sonora, las violaciones sexuales se han incrementado en 28 por ciento promedio de 2008 a 2009, cifra que es alarmante, y en este contexto no existe un procedimiento claro que establezca responsables y tiempos oportunos para actuar y brindar protección a las mujeres y niñas violadas, a quienes por ley se les debe brindar anticoncepción de emergencia e interrupción legal de embarazo.

La semana que termina ha puesto bajo los reflectores los derechos de las mujeres en el estado de Sonora. Vale retomar las palabras de Emélida citadas al principio, tan vigentes como hace 85 años, para cuestionar y exigir a la LIX Legislatura de Sonora que garantice los derechos de las mujeres y revierta la condición material que las violenta y discrimina: ¿qué tienen de más las mujeres del Distrito Federal, por ejemplo, que pueden ejercer derecho pleno sobre sus decisiones? ¡Queremos derechos de ciudadanía plena, lo mismo que tienen los hombres!... ¿o esperan ustedes acaso que nos levantemos en armas? Restablezcan la garantía de ejercer nuestros derechos libremente y nuestra ayuda será incondicional y el estado y el país ganarán con nuestra participación activa.

[1] Candidata a Doctora en Ciencias Sociales por El Colegio de Sonora. mbejarano@posgrado.colson.edu.mx.

jueves, 21 de octubre de 2010

Dos años de la reforma del absurdo

El 21 de octubre de 2008, la LVIII legislatura aprobó la reforma al artículo 1o, de la Constitución política del Estado de Sonora. A dos años de la modificación, integrantes de la red Ciudadanas por el derecho a decidir de las mujeres, analizan cómo ha afectado a las personas que habitan Sonora.

Este video es para verlo, difundirlo, discutirlo, compartirlo, video debatirlo, y enviarlo a todas las mujeres y hombres interesados en el respeto a los derechos humanos.

martes, 19 de octubre de 2010

Invitación a rueda de prensa


El próximo 21 de octubre se cumplen dos años de que la 58 legislatura reformó el Artículo 1º. De la Constitución política del estado de Sonora, sin consultar a la ciudadanía, afectando con ello a toda la población, y en particular a las mujeres en edad reproductiva.
Aunque la modificación expresa excepciones, en 24 meses no se ha abierto el debate para discutir la conveniencia o inviabilidad de la reforma, ni se han reglamentado las causas no punibles de la interrupción del embarazo.

La redacción por demás sexista arroja a las mujeres al abismo jurídico ya que no es sustentada en la Ciencia por lo que algunos conceptos no tienen posibilidad de establecerse con exactitud.

Artículo 1°.- Los Derechos del Hombre son la base y el objeto de las instituciones sociales. En el Estado de Sonora todo individuo gozará de las garantías que otorga la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
El Estado de Sonora tutela el derecho a la vida, al sustentar que desde el momento de la fecundación de un individuo, entra bajo la protección de la ley y se le reputa como nacido para todos los efectos legales correspondientes, hasta su muerte natural.
Se exceptúa de este reconocimiento, el aborto causado por culpa de la mujer embarazada o cuando el embarazo sea resultado de una violación o cuando, de no provocarse el aborto, la mujer embarazada corra peligro de muerte a juicio del médico que la asista, oyendo éste el dictamen de otro médico, siempre que esto fuere posible y no sea peligrosa la demora[1].

Al cumplirse dos años de la reforma, las mujeres organizadas en la red Ciudadanas por el derecho a decidir de las mujeres, presentaremos una exigencia para que la presente legislatura repare nuestros derechos humanos, legislando de frente e incluyendo a ciudadanas y ciudadanos, y abriendo el debate a la ampliación de causales no penalizadas.

Está comprobado que castigar y encarcelar a las mujeres no evita los embarazos no deseados ni las enfermedades de transmisión sexual, y en cambio dispara la muerte materna y de recién nacidos, alejando el cumplimiento de México para el 2015 como es su compromiso, de los Objetivos del Desarrollo del Milenio, ODM, en especial el número 5[2].

Para dar a conocer nuestras acciones con motivo del segundo aniversario de la reforma al Artículo 1o. Constitucional se les invita a rueda de prensa

Día: 21 de octubre 2010
Hora: 10:00 A.M.
Entrada del Congreso del Estado de Sonora


Ciudadanas por el derecho a decidir de las mujeres
http://www.porelderechoadecidirsonora.blogspot.com/
Contacto: mujeressonorenses@gmail.com

[1] Artículo 1º Constitución política del Estado de Sonora, modificado el 21 de octubre de 2008, por la LVIII legislatura.
[2] Objetivo No. 5 del milenio: Mejorar la salud materna.