Z. Margarita Bejarano Celaya[1]
En 1925, la nogalense Emélida Carrillo se dirigió al Congreso de Estado para solicitar que se concediera el derecho a votar a las mujeres sonorenses. En una carta enviada el 11 de marzo de 1925, Emélida preguntaba a la Cámara de Diputados del Estado de Sonora: “Que tienen más las mujeres de Tabasco y Yucatán que las mujeres de Sonora? Queremos el derecho de votar y ser votadas lo mismo que lo tienen los hombres de los 21 años en adelante.
¿Somos las mujeres tan indignas que se nos campare con los delincuentes, los ladrones, los animales? Que acaso no tenemos alma, inteligencia, para que se nos trate lo mismo que a los animales? O esperan ustedes acaso que demos un cuartelazo y nos levantemos en armas como parece ser la costumbre mexicana?” (sic).
La lucha que emprendieron las mexicanas desde el siglo XVII, vio resultados con el reconocimiento del derecho de las mujeres a votar y ser votadas en 1953. El pasado 17 de octubre celebramos 57 años de este acontecimiento y si sacamos cuentas no andamos muy bien en participación política femenina, pues aunque podemos emitir el sufragio muy poco se ejerce el derecho a ser votadas: sólo el 5.5 por ciento de las alcaldías en el estado es ocupado por representantes del sexo femenino y la participación de mujeres en el Congreso local apenas alcanza el 21 por ciento; por lo menos en los últimos tres sexenios sólo una mujer, Petra Santos, ha aspirado a ser gobernadora estatal.
Aunque los niveles de participación política femenina han ido lentamente aumentando en los últimos años gracias a la promoción de los derechos políticos y a la promulgación de leyes como la Ley de Fomento a la Igualdad entre mujeres y hombres del Estado de Sonora o las reformas constitucionales que establecen la paridad de género, la ansiada paridad y alternancia no ha llegado y no hay disposición para garantizarla.
Por otra parte, el 21 de octubre se cumplieron dos años de la reforma al artículo primero de la Constitución de Estado de Sonora y que establece que el estado tutela la vida desde el momento de la fecundación, hasta la muerte natural del individuo. Reputando así personalidad jurídica al óvulo fecundado y priorizando sus ‘derechos’ por sobre los de la mujer embarazada.
Con esta reforma, inconstitucional y violatoria de los derechos de las mujeres, sólo se permiten como causas no punibles de interrupción de embarazo: 1) el aborto culposo, es decir cuando sucede por culpa de la mujer gestante sin que haya planeado hacerlo (una caída, por ejemplo); 2) cuando el embarazo pone en riesgo la vida de la mujer, y 3) cuando el embarazo es producto de una violación sexual.
Pese a las manifestaciones ciudadanas de rechazo a la reforma, las instituciones encargadas de velar por el cumplimiento de los derechos humanos de las mujeres han mantenido oídos sordos y boca cerrada. Si bien es cierto la nueva redacción de la Constitución local la debemos a las y los diputados de la LVII legislatura, la actual no ha mostrado interés en contra reformar, el Ombudsman no ha llamado la atención sobre esa violación y las instancias municipales y estatales de promover el adelanto y respeto de los derechos femeninos, no se han manifestado al respecto.
La reforma deja pendiente también, la reglamentación de los procedimientos mediante los cuales las mujeres pueden ejercer su derecho al aborto, específicamente en caso de violación, hecho que limita su ejercicio en la práctica. Según cifras de la Procuraduría de Justicia del Estado de Sonora, las violaciones sexuales se han incrementado en 28 por ciento promedio de 2008 a 2009, cifra que es alarmante, y en este contexto no existe un procedimiento claro que establezca responsables y tiempos oportunos para actuar y brindar protección a las mujeres y niñas violadas, a quienes por ley se les debe brindar anticoncepción de emergencia e interrupción legal de embarazo.
La semana que termina ha puesto bajo los reflectores los derechos de las mujeres en el estado de Sonora. Vale retomar las palabras de Emélida citadas al principio, tan vigentes como hace 85 años, para cuestionar y exigir a la LIX Legislatura de Sonora que garantice los derechos de las mujeres y revierta la condición material que las violenta y discrimina: ¿qué tienen de más las mujeres del Distrito Federal, por ejemplo, que pueden ejercer derecho pleno sobre sus decisiones? ¡Queremos derechos de ciudadanía plena, lo mismo que tienen los hombres!... ¿o esperan ustedes acaso que nos levantemos en armas? Restablezcan la garantía de ejercer nuestros derechos libremente y nuestra ayuda será incondicional y el estado y el país ganarán con nuestra participación activa.
[1] Candidata a Doctora en Ciencias Sociales por El Colegio de Sonora. mbejarano@posgrado.colson.edu.mx.
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